El ayuntamiento de Tudela reclama a Construcciones Ecay 687.980 euros por los campos de fútbol de Santa Quiteria.
El Ayuntamiento de Tudela va a iniciar un procedimiento de determinación de daños y perjuicios a raíz de las obras de reforma de los campos de fútbol de Santa Quiteria. Así quedo aprobado el pasado 11 de enero de 2019 en sesión de Junta de Gobierno.
El proyecto del campo de fútbol tudelano fue ejecutado hace más de una década y que ha derivado en al menos media docena de hundimientos y en un progresivo deterioro del terreno de juego de hierba artificial construido por aquel entonces. Ahora, el ayuntamiento tudelano ha dado el visto bueno para comenzar los trámites en busca de una indemnización que fija en 687.980,91 euros y que reclama a la empresa proyectista y ejecutora de los mencionados trabajos de construcción Construcciones Ecay.
Las obras de los campos de césped artificial de Santa Quiteria finalizaron en enero de 2008 con un coste de 1.273.596 euros. Apenas un año después, en marzo y mayo de 2009, se produjeron los primeros hundimientos en el terreno de juego. El tercero sucedió dos años después de la finalización, allá por el mes de enero de 2010. Esos tres incidentes fueron reparados voluntariamente por la empresa adjudicataria. Sin embargo, no ocurrió lo mismo con otros hundimientos, uno de nuevo en 2010 y otros dos en 2011 y 2012, respectivamente. En aquellos casos, fue el ayuntamiento de la capita ribera quien tuvo que hacerse cargo de la reparación, iniciandose así un proceso judicial.
Sentencia del TSJN en 2014.
Una sentencia de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en 2014 eximió al ayuntamiento tudelano y atribuyó íntegramente la responsabilidad de los hundimientos y los vicios ocultos de la obra a la empresa, al considerar que había incumplido el pliego del contrato mixto por no haber realizado un estudio geotécnico detallado de la zona en la que se ubican los terrenos de juego, pese a haberlo llevado a cabo en el área de los graderíos y la de los viales. En esa sentencia se estimaba que el vicio o defecto de los terrenos compromete la resistencia y la estabilidad de la construcción, impidiendo que el campo de fútbol pueda usarse para el fin para el cuál estaba previsto.