Sobre la personación de árbitros en los terrenos de juego.

01.11.2017 23:05

La Federación Navarra de Fútbol (FNF) ha comunicado a través de su página web el siguiente comunicado oficial en referencia a la personación de los árbitros federados adscritos al Comité Navarro de Árbitros de Fútbol (CNAF) en las instalaciones deportivas de la Comunidad Foral de Navarra:

El árbitro y sus asistentes designados para dirigir un partido deberán personarse en el campo con una antelación mínima de una hora al objeto de reconocerlo, examinar sus condiciones y tomar las decisiones que considere pertinentes para que se subsanen las deficiencias que en su caso advierta.

En el caso de que el árbitro designado para el encuentro no se hubiera personado en el lugar de celebración pasados quince minutos desde la hora prevista de llegada, este hecho se deberá comunicar inmediatamente a Federación Navarra de Fútbol, así como al Comité Navarro de Árbitros de Fútbol.

De no presentarse el árbitro designado y siempre que ambos clubes estén de acuerdo expresado por escrito con la firma de sus delegados, podrá dirigir el encuentro cualquier miembro de la organización arbitral presente y, en su defecto, cualquier persona.


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