Un tribunal de la Unión Europea avala el régimen fiscal de Athletic, Barcelona, Osasuna y Real Madrid.

26.02.2019 17:30

El Tribunal de General de la Unión Europea (TGUE) ha avalado este mismo martes, día 26 de febrero de 2019, el régimen fiscal del Fúbol Club Barcelona, Athletic Club de Bilbao, Real Madrid C.F. y Club Atlético Osasuna  frente al régimen de las sociedades anónimas deportivas (SAD) y anulando la decisión de la Comisión Europea (CE) de sancionar a esos clubes españoles de fútbol de recibir ayudas de Estado ilegales.

"El Tribunal hace constar que la Comisión, a quien incumbía la carga de la prueba, no acreditó suficientemente con arreglo a Derecho que la medida controvertida confiriese una ventaja a sus beneficiarios", indicó el servicio de comunicación del Tribunal de Luxemburgo. De está manera, los únicos 4 clubes profesionales que quedan en España, podrán seguir disfrutando de un régimen fiscal diferenciado del resto de entidades de fútbol profesional español, que son empresas mercantiles.

Controversia durante décadas.

En una decisión hecha pública hoy, este tribunal europeo asegura que el régimen diferenciado que estos cuatro clubes desde 1990 es legítimo. En ese año, España obligó por ley a los clubes de fútbol a convertirse en sociedades anónimas deportivas, con la salvedad de aquellos que hubieran disfrutado de saldos positivos en sus balances de cuentas en los años previos. Es decir, los cuatro clubes citados entre los cuales se encuentra Osasuna.

Al seguir siendo personas jurídicas sin ánimo de lucro, a diferencia de las sociedades anónimas deportivas, estos cuatro clubes pudieron seguir disfrutando de unos tipos de gravamen diferenciados hasta que en 2016 la CE los anuló, con el argumento de que se trataba de un privilegio ilegítimo. Dicha comisión incluso sentenciaba que el Estado español debía recuperar la parte de la ayuda otorgada de manera supuestamente ilegítima durante esos 26 años. Barça y Athletic Club recurrieron entonces la decisión de la citada comisión, y el TGUE les da ahora la razón y estima que la CE no valoró bien los datos, que correspondían sólo a cuatro ejercicios de esos 26 años, y da por probado que el organismo europeo no acreditó suficientemente que el régimen fuera ventajoso para estos cuatro clubes.